Salarios dispares: funcionarios y legisladores que ganan fortunas y trabajadores pobres.



Es probable que la mayoría de los concejales no sepan como calcular su salario de acuerdo al Decreto Ley N° 6769/58  o LOM (Ley Orgánica de las Municipalidades) ni aún, la actual intendenta interina de Lomas de Zamora el suyo. Ante el anuncio del STMLZ y la intendencia local de llegar a cuarenta mil pesos más mil de «yapa» que da el municipio para la categoría más baja la 3, tenemos que poner en juego la debacle salarial que tienen casi todas la administraciones estatales municipales con salario calamitosos, en donde la mayoría no llega a mitad de mes y debe conseguir trabajos alternativos para sostener su vida y la de su familia.


Hace una semana en ésta página generamos una nota sobre salario mínimo vital y móvil en general país y en particular el de Lomas de Zamora ( https://radiosurdigital.com.ar/index.php/2022/04/16/ldz-smvm-y-paritarias-urgentes-para-salir-del-nivel-de-pobreza-indigencia/ )

Hoy no voy a hablar de si los funcionarios trabajan mucho o poco, si se lo merecen o no, si la intendenta es agradable o no. Ayer la intendenta local, Marina Lesci subió la siguiente foto (portada) con éste texto:

Muy contentos por haber acordado con el Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras del Municipio de Lomas de Zamora un aumento salarial para planta permanente que llega al 21%, superando incluso el #SMVM actual.
Ellos y ellas hacen de Lomas un lugar mejor cada día y es muy importante que ante la situación que atravesamos podamos aunar fuerzas para un mayor bienestar«.


Guía paso a paso, de como calcular salario concejales

Te lo resumo: La Ley Orgánica de Municipalidades (desde ahora LOM) dice en su articulado: se deberá dividir salario de categoría 3 de planta permanente por 30, luego multiplicar por 40 y luego por 5.

Si tenemos en cuenta que la última actualización de categoría 3 es de 40 mil pesos, dará el siguiente resultado salarial de básico de concejales lomenses:

40.000/30  x 40 x 5= 266,666

Es decir, cada concejal pasará a cobrar de básico en el mes de mayo2022, más de 266 mil pesos.


PASO A PASO cálculo salario intendente/a

Ahora cuando hablamos del salario del intendente de Lomas de Zamora, en general también actualizado y alcanzado por la LOM, la cosa cambia drásticamente, por ya realiza sumas fijas de acuerdo a la cantidad de concejales de cada Distrito.

ARTÍCULO 125: (Texto según Ley 12120) El Intendente gozará del sueldo que le asigne el Presupuesto, el que en ningún caso podrá ser inferior a diez (10) sueldos mínimos.

El sueldo mínimo a que hace referencia el presente artículo será el resultante de considerar el sueldo básico de la categoría inferior del ingresante en el escalafón administrativo de cada Municipalidad, en su equivalente a cuarenta horas semanales, sin comprender ninguna bonificación o adicional, inherentes a la categoría inferior, que no estén sujetos a aportes previsionales.

Los Municipios que tengan doce (12) y catorce (14) Concejales deberán elevar el número de sueldos mínimos a doce (12). Los Municipios que tengan dieciséis (16) y dieciocho (18) Concejales, a catorce (14) y los que tengan veinte (20) y veinticuatro (24) Concejales a dieciséis (16). En todos los casos los presupuestos municipales podrán prever una partida mensual para gastos de representación sin cargo de rendición de cuentas. El sueldo del Intendente y la partida que se asigne para gastos de representación, no podrán ser unificados.

EJEMPLO según L.O.M.

  • SUELDO

CATEGORIA INFERIOR (CATEGORIA 3) actualizado a Mayo 2022

$40.000 y como somos un Municipio con 24 Concejales según cantidad de habitantes, se eleva el número de sueldos mínimos a 16, así que la cuenta es:

$40.000 x 16 = $ 640.000

Pero ésto no queda ahí, en Lomas de Zamora el intendente /a cobra una suma por gasto de representación mencionado en la ordenanza 18182, que no es obligatorio sino acordado. Obviamente lo cobra. 

 GASTOS DE REPRESENTACION. 


Captura de página de art 28, ordenanza 18182. Puede ser vista en la página del HCD lomense.


ORDENANZA Nº 18182 PRESUPUESTO MUNICIPAL AÑO 2022.

ARTICULO 28°: Fijase en la suma de $664.931,62 (seiscientos sesenta y cuatro mil novecientos treinta y un pesos con treinta dos centavos) el importe mensual de los Gastos de Representación dispuestos en el último párrafo del Art.125 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Habría que confirmar si el gasto del presupuesto en secretaría privada da la suma presente, puesto que el total que percibe la intendenta/e es mayor al millón de pesos mensual (1.304.000) a los que hay que hacerle los descuentos, puesto que a ésos efectos el salario no se debe sumar a los gastos de representación.


Hay más

Para finalizar, hay una escala de categorías que creó el municipio en 2021 para el presupuesto 2022 que, realmente, es un cuento de terror salarial.

Tiene sus porqué y para quién, y éso es para otra nota.

Les dejo una imagen de lo que cobran algunos contratados.


 

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